Adiós CBB y hola Factura Electrónica -CFDI- obligatoria (para casi todos)

Impresionante noticia que "nos amaneció" hoy en el DOF del 31 de Mayo de 2013.

Leamos….

Opción para la expedición de comprobantes fiscales impresos

I.2.8.1.1. Para los efectos del artículo 29-B, fracción I del CFF, las personas físicas y personas morales que tributen en el Título II de la Ley del ISR que en el último ejercicio fiscal, hubieran manifestado en la declaración anual del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $250,000.00, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa con dispositivo de seguridad. Los ingresos acumulables de referencia se determinarán únicamente con aquéllos que deriven de ingresos, actos o actividades por los cuales exista obligación de expedir comprobantes fiscales.

Segundo párrafo. (Se deroga)

…………………………………………………………………….

En cualquier caso, cuando los ingresos acumulables excedan de $250,000.00, las personas físicas y morales no podrán volver a ejercer la opción a que se refiere la presente regla durante los ejercicios posteriores.

La facilidad prevista en la presente regla no podrá aplicarse a los contribuyentes que inicien actividades.

CFF 29, 29-A, 29-B, RMF 2013 I.2.8.3.1.1.

(…)

TRANSITORIO

Décimo Cuarto.

Los contribuyentes que al 1 de enero de 2014, tengan comprobantes fiscales impresos con dispositivo de seguridad, podrán continuar utilizándolos hasta que se agote su vigencia, siempre que sus ingresos para efectos del ISR en el ejercicio inmediato anterior, no hayan excedido de la cantidad de $250,000.00 establecida por el SAT en la regla I.2.8.1.1. de la presente Resolución.

Cuando los contribuyentes que hubieren perdido el derecho para aplicar la facilidad prevista en la regla I.2.8.1.1., emitan comprobantes fiscales con dispositivo de seguridad, éstos no serán válidos para deducir o acreditar fiscalmente.


Nota de ElConta.Com

Ya se veía venir una limitación para la emisión de Facturas CBB aunque… la verdad yo no creí que "apretaran" tanto al contribuyente 🙄

Al menos lo hayan topado a 1 millón de pesos y no una reducción tan DRÁSTICA que va de los 4 Millones a tan solo $250,000.00 pesos (93.75{a840726e517ebbf8970b34fcde358dbe84f5ad8bf1812f281117a2543d5ca7e3} de reducción !!)

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2 comentarios
  1. Ricardo Ch.
    Ricardo Ch. Dice:

    Esta obligación desde cuando empieza a aplicar? apartir de Junio en addelante? o hasta el 1ro de Enero de 2014?

    Responder
    • faroviejo
      faroviejo Dice:

      A partir del 1 de Enero de 2014.

      La sugerencia es ADELANTARSE a los plazos y evitar los contratiempo 😉

      Saludos.

      Responder

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